10 de noviembre de 2010

VENTA DIRECTA

Qué es la venta directa
Se entiende por Venta Directa la comercialización fuera de un establecimiento mercantil de bienes y servicios directamente al consumidor, mediante la demostración personalizada por parte de un representante de la empresa vendedora, lo que la distingue de las denominadas Ventas a Distancia en las que no existe un contacto personal entre la empresa vendedora y el comprador.

En España la Venta Directa se regula por el Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de Noviembre que incorpora la Directiva Comunitaria 85/577 CEE, del 20 de Diciembre de 1985. Una de las principales ventajas para el consumidor español derivadas de esta normativa es el derecho de desistimiento que tiene todo comprador hasta siete días contados desde la recepción del documento de desistimiento, si es posterior a la entrega del producto. Si el comprador no es informado sobre el derecho de desistimiento, el plazo para ejercitar este derecho es de tres meses, a contar desde la entrega del producto.